El Ministerio de Desarrollo Productivo, mediante Res. 503/2021, publicó el Reglamento del Crédito a Tasa Cero 2021. En el se establecen los requisitos y condiciones de accesibilidad. A continuación se transcribe la norma y los puntos claves de la misma.
Normativa: Decreto 512/21 y Comunicación “A” 7342 BCRA
Condiciones de financiación:
- Plazo para realizar la solicitud: hasta el 31.12.2021
- Monto máximo de los créditos:
- Categoría “A”: $ 90.000
- Categoría “B”: $ 120.000
- Categoría “C”: $ 150.000
- Monto mínimo a solicitar: $ 10.000 (o el capital a refinanciar por el Crédito a Tasa Cero 2020)
- Cantidad de cuotas: 12
- Período de gracia: 6 meses (en el mes 7 se paga la primer cuota)
Condiciones de elegibilidad:
- Monotributistas inscriptos al 31.05.2021 y que mantengan su condición hasta la solicitud
- Se considerarán la categoría y topes vigentes al 30.06.2021
- Limites de Facturación electrónica de ventas/compras:
A | $20.800,00 | $20.800,00 |
B | $28.244,47 | $22.595,58 |
C | $42.366,70 | $33.893,36 |
D | $56.488,94 | $45.191,15 |
E | $84.733,41 | $67.786,73 |
F | $112.977,88 | $90.382,30 |
G | $141.222,35 | $112.977,88 |
H | $169.466,82 | $135.573,46 |
I | $235.370,58 | $188.296,47 |
J | $276.560,44 | $221.248,35 |
K | $317.750,29 | $254.200,23 |
- Caso 1: Si hay facturación electrónicas de ventas
- Caso 2: Si no hay facturación electrónica de ventas
- No serán elegibles (con la información obrante al mes de 06/2021):
- Trabajadores en relación de dependencia
- Jubilados / Pensionados
- Autónomos
- Sucesiones indivisas
- Quienes presten sus servicios al Estado Nacional / Provincial o Municipios (70% o más de la Facturación a dichos sujetos)
- Quienes se encuentren en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 (al 30.06.2021)
- Sujetos que se les hubiera ejecutado una garantía otorgada por el Fiduciario del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) en el marco del Crédito Tasa Cero 2020
Metodología de Percepción:
- La implementación del crédito deberá ser realizada a través de la tarjeta de crédito bancaria que la entidad financiera disponga al efecto.
- El monto del crédito será desembolsado y acreditado al solicitante en una única cuota.
- Sujetos en mora (Crédito Tasa Cero 2020), y que no se haya ejecutado la Garantia del FOGAR, verán acreditado en su tarjeta de crédito el saldo correspondiente a la diferencia entre el nuevo crédito y el monto adeudado, cancelándose el capital de deuda del crédito anterior y generándose una nueva deuda por la totalidad del monto aprobado en esta oportunidad.